lunes, 30 de noviembre de 2009

TIEMPO DE PAGOS

Pago del Programa Fortalecimiento
a Mujeres Jefas de Hogar

El Ministerio de Desarrollo Social, informa a las beneficiarias del Programa Fortalecimiento a Mujeres Jefas de Hogar que este lunes 30 de noviembre, estará disponible el pago de la cuota correspondiente a noviembre. Las beneficiarias de Capital cobrarán en la casa central de Caja Popular de Ahorro. Las mujeres del interior, cobrarán en las respectivas sucursales locales. Presentar el DNI en buenas condiciones.

Mañana comenzará el pago
de las Asignaciones Universales por Hijo

A partir de este martes 1 de diciembre, los $144, correspondientes al subsidio de $180, que la Asignación Universal paga por hijo (hasta 5). Se recuerda que 80% del beneficio, se paga en forma diercta, mientras que la diferencia de 20% ($36.),será depositada en una cuenta a nombre el beneficiario cuyo saldo solamente lo podrá retirar una vez al año (en marzo), después de que acredite fehacientemente que el menor concurrió a la escuela y que cumplió con el plan de vacunación y control médico. Según el cronograma del Banco Tucumán el martes percibirán el beneficio los DNI terminados en 0. Los padres o tutores de los menores deberán presentarse con DNI original y fotocopia de 1º y 2º hoja para el pago del subsidio.

Depósito del 100% de los haberes para docentes

Desde la secretaría de Hacienda de la provincia se informó que este martes 1 de diciembre se depositará el 100% de los sueldos de noviembre, para los docentes de la Repartición 18: Casa Central ; Rep 25:Casa Central, Aguilares, Banda del Río Salí, Bella Vista, Ciudadela, Juan Bautista Alberdi, Villa 9 de Julio, Los Ralos, Simoca y Tafí Viejo. Rep 26: Casa Central, Aguilares, Banda del Río Salí, Concepción, Lules y Trancas. Rep 27: Casa Central, Ciudadela, Concepción, Juan Bautista Alberdi, Monteros, Simoca y Villa 9 de Julio.Los dinerons estarán diponibles por cajeros automáticos el dia siguiente.

Pago de Pensiones no Contributivas

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), informó que este martes 1 de diciembre, comienza el pago de Pensiones No Contributivas, a beneficiarios cuyos DNI, terminen en 0, 1, 2, 3, 4 y 5. Mientras que los documentos terminados en 6, 7, 8 y 9, cobrarán el miércoles 2 de ciciembre.

El 3 de diciembre comienza el pago de haberes
a jubilados y pensionados del 1º grupo

La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), informó que el jueves 3 de diciembre, cuomenzará el pago de haberes a jubilados y pensionados del primer grupo, cuyos haberes no superen la suma mensual de $ 937. En la oportunidad cobraran los beneficiarios con DNI terminados en 0 y 1. Los documentos terminados en 2, cobrarán en viernes 4. Los DNI, terminados en 3, cobrarán el lunes 7. Los DIN, terminados en 4, percibirán sus haberres el miércoles 9. Se recuerda que los pasivos que cobren el haber mínimo recibirán en diciembre, por única vez una suma extra de $350. Los pasivos que cobren por medio de una Orden de Pago Previsional (OPP) o de un Comprobante de Pago Previsional (CPP) tienen tiempo para percibir sus haberes hasta el 12 de enero 2010, de no hacerlo deberán concurrir a la Unidad de Atención Integral (UDAI) más cercana a su domicilio.

JUBILADOS EX AFJP

Mensual octubre
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que los jubilados y pensionados que pertenecían al ex Régimen de Capitalización percibirán sus haberes según el siguiente esquema:

A) Beneficiarios que percibían su beneficio a través de una AFJP. Podrán cobrar sus haberes a partir del 02/11/09 y hasta el 14/12/09, sin regirse por ningún calendario particular.
B) Beneficiarios que percibían sus haberes a través de una Compañía de Seguro de Retiro, cobran a partir del 01/10/09 y hasta el 10/11/09 sin regirse por ningún calendario en particular. Percibirán tanto la parte del haber que se encuentra a cargo del Estado como así también el monto que cobraban por la Compañía de Seguro de Retiro bajo la modalidad de Renta Vitalicia Previsional. Todo ello conforme Resolución Conjunta Nª 87/09 ANSES y Nª 33.773/09 Superintendencia de Seguros de la Nación.
C) Beneficiarios que percibían su beneficio a través de una Compañía de Seguro de retiro sin participación del Estado. Estos beneficios no han sido transferidos a ANSES, por lo tanto continuarán percibiendo su haber a través de su Compañía de Seguros de Retiro y por el esquema habitual de cobro.

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